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Tres aseguradoras condenadas a indemnizar con más de 5 millones a la armadora del Villa de Pitanxo tras naufragio mortal
El Juzgado de lo Mercantil de Pontevedra destaca que las pólizas de seguro cubrían la pérdida total del buque y que no hubo negligencia del armador.
Publicado: 1 de septiembre de 2025, 19:13
El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Pontevedra ha decidido que tres aseguradoras deben indemnizar a la armadora Pesquerías Nores Marín con un total de 5,17 millones de euros por el naufragio del pesquero Villa de Pitanxo, ocurrido el 15 de febrero de 2022. Este accidente resultó en la muerte de 21 de los 24 tripulantes, un hecho trágico para la flota gallega. La sentencia sostiene que el buque cumplía con todas las inspecciones y certificaciones requeridas, desestimando cualquier acusación de negligencia del armador.
La jueza ha determinado que las pólizas de seguro son claras y cubren la pérdida total del buque. Se concluye que no hubo fundamentos que justificaran la exclusión de su obligación de indemnización, argumentando que la armadora solo tenía que probar que el buque se perdió durante la navegación. Esto se debe a que no se demostró que el barco estuviera en mal estado o sobrecargado en el momento del naufragio, rechazando los argumentos de las aseguradoras sobre condiciones inadecuadas.
A pesar de las objeciones de Mapfre y otras aseguradoras, que argumentaron que el buque se volvió innavegable por la formación de hielo, la jueza especificó que no estaba fuera de la cobertura de la póliza. Ni las alegaciones del estado del barco ni la zona de navegación lograron anular la obligación de indemnización, reafirmando así la decisión judicial que puede ser recurrida ante la Audiencia Provincial de Pontevedra.
La jueza ha determinado que las pólizas de seguro son claras y cubren la pérdida total del buque. Se concluye que no hubo fundamentos que justificaran la exclusión de su obligación de indemnización, argumentando que la armadora solo tenía que probar que el buque se perdió durante la navegación. Esto se debe a que no se demostró que el barco estuviera en mal estado o sobrecargado en el momento del naufragio, rechazando los argumentos de las aseguradoras sobre condiciones inadecuadas.
A pesar de las objeciones de Mapfre y otras aseguradoras, que argumentaron que el buque se volvió innavegable por la formación de hielo, la jueza especificó que no estaba fuera de la cobertura de la póliza. Ni las alegaciones del estado del barco ni la zona de navegación lograron anular la obligación de indemnización, reafirmando así la decisión judicial que puede ser recurrida ante la Audiencia Provincial de Pontevedra.