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León XIV declara el Año Jubilar de San Francisco de Asís para celebrar su octavo centenario hasta enero de 2027
La Santa Sede ofrece indulgencias plenarias a fieles que participen en las celebraciones jubilares y cumplan ciertas condiciones
Publicado: 17 de enero de 2026, 04:38
El Papa León XIV ha decretado el Año Jubilar de San Francisco de Asís, que se celebrará desde el 10 de enero de 2026 hasta el 10 de enero de 2027, con motivo del octavo centenario de la muerte del santo. Esta declaración fue oficializada a través de un decreto publicado por la Penitenciaría Apostólica, que detalla cómo los fieles podrán obtener indulgencias plenarias a lo largo de este año jubilar.
El decreto establece las condiciones necesarias para recibir estas indulgencias, que incluyen la confesión sacramental, la comunión eucarística y la oración según las intenciones del Santo Padre. Estas indulgencias estarán disponibles para varios grupos, incluyendo a los miembros de las Familias Franciscanas, así como a aquellos en Institutos de vida consagrada y Sociedades de vida apostólica. Por otro lado, también se extiende esta posibilidad a las Asociaciones públicas y privadas de fieles que observen la Regla de San Francisco o se inspiren en su espiritualidad.
Los fieles que participen en el Año de San Francisco y visiten cualquier iglesia conventual franciscana o lugar de culto relacionado con San Francisco, podrán recibir la indulgencia siempre y cuando cumplan con las condiciones mencionadas anteriormente. Este Año Jubilar no solo es un tiempo para la celebración y la comunidad, sino también una invitación a cultivar sentimientos de caridad y paz entre los pueblos, conforme al legado de San Francisco.
El decreto establece las condiciones necesarias para recibir estas indulgencias, que incluyen la confesión sacramental, la comunión eucarística y la oración según las intenciones del Santo Padre. Estas indulgencias estarán disponibles para varios grupos, incluyendo a los miembros de las Familias Franciscanas, así como a aquellos en Institutos de vida consagrada y Sociedades de vida apostólica. Por otro lado, también se extiende esta posibilidad a las Asociaciones públicas y privadas de fieles que observen la Regla de San Francisco o se inspiren en su espiritualidad.
Los fieles que participen en el Año de San Francisco y visiten cualquier iglesia conventual franciscana o lugar de culto relacionado con San Francisco, podrán recibir la indulgencia siempre y cuando cumplan con las condiciones mencionadas anteriormente. Este Año Jubilar no solo es un tiempo para la celebración y la comunidad, sino también una invitación a cultivar sentimientos de caridad y paz entre los pueblos, conforme al legado de San Francisco.