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La UE obliga a Polonia y Hungría a reconocer matrimonios igualitarios contraídos en otros estados miembros
La sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea establece que todos los países de la UE deben aceptar estos matrimonios para garantizar la libertad de circulación.
Publicado: 26 de noviembre de 2025, 13:42
En una decisión pionera, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictaminado que todos los Estados miembros de la Unión están obligados a reconocer el matrimonio entre personas del mismo sexo si este ha sido legalmente contraído en otro país de la UE. Esta sentencia responde a un caso planteado por dos ciudadanos polacos que se casaron en Alemania, quienes solicitaron que su matrimonio fuera reconocido en Polonia, donde dicha unión no está permitida.
La decisión del TJUE subraya que la negativa a reconocer estas uniones va en contra del derecho europeo, al impedimento de la libertad de circulación y de residencia de los ciudadanos europeos. Al ordenar que se respeten los derechos de los ciudadanos que ejercen su libertad de movimiento, el tribunal ha creado un precedente legal que, aunque no obliga a los Estados a cambiar sus leyes internas sobre el matrimonio, sí compromete su capacidad para ignorar un derecho fundamental en sus territorios.
El impacto de esta sentencia trasciende el momento actual y puede repercutir en las políticas de otros países de la región como Bulgaria, Rumanía y Eslovaquia, donde el rechazo a este tipo de matrimonio está enraizado en tradiciones conservadoras. A medida que la presión de la UE aumenta, se abre un debate sobre la equidad de derechos en Europa y las tensiones culturales que surgen entre los principios de la Unión y las identidades nacionales de sus Estados miembros.
La decisión del TJUE subraya que la negativa a reconocer estas uniones va en contra del derecho europeo, al impedimento de la libertad de circulación y de residencia de los ciudadanos europeos. Al ordenar que se respeten los derechos de los ciudadanos que ejercen su libertad de movimiento, el tribunal ha creado un precedente legal que, aunque no obliga a los Estados a cambiar sus leyes internas sobre el matrimonio, sí compromete su capacidad para ignorar un derecho fundamental en sus territorios.
El impacto de esta sentencia trasciende el momento actual y puede repercutir en las políticas de otros países de la región como Bulgaria, Rumanía y Eslovaquia, donde el rechazo a este tipo de matrimonio está enraizado en tradiciones conservadoras. A medida que la presión de la UE aumenta, se abre un debate sobre la equidad de derechos en Europa y las tensiones culturales que surgen entre los principios de la Unión y las identidades nacionales de sus Estados miembros.