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La panadería de Barcelona sancionada con 30.000 euros por difundir un vídeo sexista que cosifica a las mujeres
Inspección de Trabajo califica como infracción muy grave la publicidad que atenta contra la dignidad de las trabajadoras.
Publicado: 17 de enero de 2026, 04:16
La panadería Bakers, ubicada en Barcelona, ha sido multada con 30.000 euros por la Inspección de Trabajo debido a la difusión de un vídeo considerado sexista que cosifica a las mujeres. Este caso ha generado una gran controversia y ha atraído la atención de diversas organizaciones que defienden la dignidad de la mujer. La multa se impuso porque se determinó que la empresa vulneró el respeto a la intimidad y dignidad de sus trabajadoras mediante imágenes que no tenían relación con los productos anunciados.
El conflicto se originó a partir de un vídeo proyectado en la panadería, donde se mostraba a mujeres en ropa interior realizando actividades cotidianas de manera sexualizada. Una madre de un alumno de una escuela cercana denunció la situación al Institut Català de les Dones, respaldada por el sindicato Comisiones Obreras, que exigió la retirada del material. A pesar de la presión, el propietario se negó, argumentando que estaba en su derecho a crear dicho contenido.
La resolución que impuso la multa fue notificada el 15 de diciembre, permitiendo a la panadería un plazo de 30 días para pagar. Este caso ha abierto un debate sobre la regulación de la publicidad y la imagen de la mujer en sociedad, así como sobre la libertad de expresión en el ámbito comercial, recibiendo una respuesta crítica de la comunidad sobre la normalización de contenidos que cosifican a las mujeres.
El conflicto se originó a partir de un vídeo proyectado en la panadería, donde se mostraba a mujeres en ropa interior realizando actividades cotidianas de manera sexualizada. Una madre de un alumno de una escuela cercana denunció la situación al Institut Català de les Dones, respaldada por el sindicato Comisiones Obreras, que exigió la retirada del material. A pesar de la presión, el propietario se negó, argumentando que estaba en su derecho a crear dicho contenido.
La resolución que impuso la multa fue notificada el 15 de diciembre, permitiendo a la panadería un plazo de 30 días para pagar. Este caso ha abierto un debate sobre la regulación de la publicidad y la imagen de la mujer en sociedad, así como sobre la libertad de expresión en el ámbito comercial, recibiendo una respuesta crítica de la comunidad sobre la normalización de contenidos que cosifican a las mujeres.