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La Justicia desestima la demanda de Just Eat contra Glovo por competencia desleal y exime a la plataforma de pagar 295 millones
El Tribunal considera que Glovo actúa dentro de la legalidad y tiene un modelo de negocio diferente al de Just Eat.
Publicado: 10 de julio de 2025, 12:16
Un juzgado mercantil de Barcelona ha desestimado la demanda interpuesta por Just Eat contra Glovo por competencia desleal, por la cual había reclamado 295 millones de euros. La sentencia determina que Glovo ha actuado dentro de la legalidad al contratar a sus repartidores bajo un modelo que garantiza su autonomía, ajustándose así a la denominada Ley Rider. El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña argumentó que el servicio de reparto de comida a domicilio proporcionado por plataformas digitales es un negocio "innovador y tecnológicamente avanzado".
La sentencia también refuerza la idea de que el cambio que Glovo implementó en su modelo de contratación, pasando a un régimen más laboral a principios de 2025, no ha afectado a sus cuotas de mercado. Según datos recientes, Glovo tenía una cuota del 53,8%, Just Eat del 14,5% y Uber Eats del 28,5%. Just Eat había fundamentado su demanda en alegaciones de que Glovo había obtenido una ventaja competitiva al utilizar "falsos autónomos". Sin embargo, el tribunal consideró que los modelos de trabajo adoptados por Glovo cumplían con la legalidad y evidenciaron la autonomía de sus repartidores. Además, el juez precisó que el 80% del negocio de Just Eat se centra en el mercado físico y solo el 20% en el reparto a domicilio, lo que contrasta con la operativa de Glovo.
Tras conocerse la sentencia, Just Eat anunció que realizaría una revisión detallada de los efectos del fallo y las posibles implicaciones económicas en su negocio. Este desenlace marca un hito en la batalla legal entre las dos compañías, que ha atraído la atención sobre la regulación del trabajo en plataformas digitales y la adaptación de los modelos laborales en un sector en constante evolución. La resolución también subraya que muchos trabajadores prefieren el régimen de autónomos debido a la flexibilidad que les permite atender diversas plataformas y elegir sus horarios.
La sentencia también refuerza la idea de que el cambio que Glovo implementó en su modelo de contratación, pasando a un régimen más laboral a principios de 2025, no ha afectado a sus cuotas de mercado. Según datos recientes, Glovo tenía una cuota del 53,8%, Just Eat del 14,5% y Uber Eats del 28,5%. Just Eat había fundamentado su demanda en alegaciones de que Glovo había obtenido una ventaja competitiva al utilizar "falsos autónomos". Sin embargo, el tribunal consideró que los modelos de trabajo adoptados por Glovo cumplían con la legalidad y evidenciaron la autonomía de sus repartidores. Además, el juez precisó que el 80% del negocio de Just Eat se centra en el mercado físico y solo el 20% en el reparto a domicilio, lo que contrasta con la operativa de Glovo.
Tras conocerse la sentencia, Just Eat anunció que realizaría una revisión detallada de los efectos del fallo y las posibles implicaciones económicas en su negocio. Este desenlace marca un hito en la batalla legal entre las dos compañías, que ha atraído la atención sobre la regulación del trabajo en plataformas digitales y la adaptación de los modelos laborales en un sector en constante evolución. La resolución también subraya que muchos trabajadores prefieren el régimen de autónomos debido a la flexibilidad que les permite atender diversas plataformas y elegir sus horarios.