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La Fiscalía y las víctimas recurren la absolución del autor del ataque terrorista en Algeciras, exigiendo su calificación adecuada

La absolución del autor del asesinato del sacristán ha generado un debate sobre la naturaleza terrorista de sus actos y las indemnizaciones para las víctimas.

Publicado: 3 de enero de 2026, 10:13

La controversia judicial en torno al ataque perpetrado por Yassine Kanjaa, que resultó en la muerte del sacristán de la iglesia de Algeciras y en graves heridas a un sacerdote, sigue latente. La Fiscalía ha decidido recurrir la sentencia de la Audiencia Nacional que absolvió al autor, argumentando que sus acciones cumplen con los criterios que deberían permitir que sean clasificadas como terrorismo. Esta apelación tiene como objetivo garantizar que las víctimas reciban las indemnizaciones que les corresponden bajo la Ley de Víctimas del Terrorismo.

En la sentencia original, Kanjaa fue considerado responsable del asesinato y otros delitos, pero se le aplicó una eximente completa por enajenación mental, lo que implicó su ingreso en un establecimiento psiquiátrico por un máximo de 30 años. La Fiscalía, liderada por el fiscal Emilio Miró, sostiene que los hechos deberían ser calificados como actos terroristas, dados el contexto en el que ocurrieron y el perfil del acusado, que se había radicalizado y actuó motivado por creencias extremistas.

El tribunal, sin embargo, argumentó que debido a la enfermedad mental del acusado, no podía tener la intencionalidad necesaria para calificar sus actos como terroristas. Además, las víctimas, representadas por varias organizaciones como la Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT), están preparando su propio recurso en el Tribunal Supremo para apelar la absolución, argumentando que el ataque fue claramente un acto terrorista y que el trastorno mental de Kanjaa no debería anular esta consideración.