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La Fiscalía recurre la absolución del autor del ataque de Algeciras al considerar los hechos como terrorismo
La discusión sobre la calificación del ataque sigue, mientras las víctimas buscan justicia ante el Tribunal Supremo.
Publicado: 7 de enero de 2026, 15:41
La Fiscalía ha presentado un recurso ante la Sala de Apelación de la Audiencia Nacional solicitando la modificación de la sentencia que absolvió a Yassine Kanjaa, culpable del asesinato del sacristán de Algeciras, al considerar que el ataque debe ser clasificado como terrorismo. Kanjaa fue absuelto por razones de enajenación mental, lo que llevó a su internamiento en un hospital psiquiátrico por un máximo de 30 años. La Fiscal argumenta que los actos de Kanjaa, incluyendo el asesinato del sacristán, deberían ser considerados terroristas, permitiendo así a las víctimas recibir indemnizaciones bajo la Ley de Víctimas del Terrorismo.
Contraponiéndose al argumento de la Fiscalía, el tribunal original determinó que Kanjaa no tenía la intencionalidad necesaria para que sus acciones fueran consideradas terrorismo, debido a su esquizofrenia. Esta decisión ha generado descontento entre las víctimas, quienes argumentan que el trastorno no elimina la naturaleza terrorista de los actos. Además, la Asociación de Víctimas del Terrorismo ha decidido recurrir la sentencia, apoyándose en el voto particular de una magistrada que sostiene que el estado mental del acusado no impide clasificar sus acciones como terroristas.
Las discusiones continúan en torno a la correcta calificación de los hechos, mientras el Tribunal Supremo deberá decidir sobre el recurso de la Fiscalía, en un caso que ha capturado la atención pública y legal en España.
Contraponiéndose al argumento de la Fiscalía, el tribunal original determinó que Kanjaa no tenía la intencionalidad necesaria para que sus acciones fueran consideradas terrorismo, debido a su esquizofrenia. Esta decisión ha generado descontento entre las víctimas, quienes argumentan que el trastorno no elimina la naturaleza terrorista de los actos. Además, la Asociación de Víctimas del Terrorismo ha decidido recurrir la sentencia, apoyándose en el voto particular de una magistrada que sostiene que el estado mental del acusado no impide clasificar sus acciones como terroristas.
Las discusiones continúan en torno a la correcta calificación de los hechos, mientras el Tribunal Supremo deberá decidir sobre el recurso de la Fiscalía, en un caso que ha capturado la atención pública y legal en España.