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La absolución de 21 antiabortistas en Vitoria genera controversia sobre la protección de las mujeres ante acosos en clínicas

La sentencia ha desatado críticas por su interpretación de la ley y sus implicaciones sobre el acoso a mujeres en clínicas de aborto.

Publicado: 11 de diciembre de 2025, 13:56

La absolución de 21 antiabortistas que se habían concentrado para rezar frente a la clínica Askabide de Vitoria ha suscitado un intenso debate sobre la legalidad y la moralidad del acoso a mujeres que buscan interrumpir su embarazo. La magistrada del caso dictó sentencia el 9 de diciembre de 2025, afirmando que no había evidencia de coacción o intimidación hacia pacientes o trabajadores de la clínica, señalando que las concentraciones habían sido pacíficas y limitadas a rezos.

La Fiscalía había argumentado que la presencia constante de estos grupos, que llevaban carteles y rosarios, constituía un acto de acoso e intimidación. Sin embargo, la jueza declaró que no se observaron actitudes violentas y descartó la existencia de hostigamiento. El fallo ha provocado fuertes críticas, particularmente por la interpretación del artículo 172 quater del Código Penal, que busca proteger el derecho de las mujeres a acceder a la interrupción voluntaria del embarazo. Desde la clínica Askabide han expresado su asombro ante la resolución, argumentando que la sentencia ignora los objetivos de la reforma legal de 2022.

Opiniones divergentes han surgido respecto a si la presencia de los manifestantes afectó el bienestar de las usuarias. La controversia también gira en torno al mensaje que envía la sentencia, alertando sobre el riesgo de que este caso se convierta en un precedente que aliente a otros grupos antiderechos. Tanto la dirección de Askabide como sus representantes legales han informado que apelarán la sentencia, reafirmando la necesidad de un marco legal que garantice la seguridad y libertad en el acceso a servicios de salud reproductiva.