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El Tribunal Supremo decide que las hipotecas referenciadas al IRPH deben ser evaluadas caso por caso tras reciente sentencia
Un fallo clave que define la abusividad de las cláusulas hipotecarias bajo el IRPH, afectando a alrededor de un millón de préstamos.
Publicado: 12 de noviembre de 2025, 19:59
El Tribunal Supremo de España ha emitido una decisión histórica respecto a las hipotecas referenciadas al Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH), determinando que no existe una solución única sobre su transparencia. Este pronunciamiento establece que la abusividad de las cláusulas debe ser analizada caso por caso, atendiendo a las condiciones específicas de cada contrato.
La trascendencia de esta resolución radica en que el IRPH, utilizado para calcular las cuotas de aproximadamente un millón de hipotecas en España, ha sido objeto de controversia. Esta situación ha llevado a una serie de reclamaciones judiciales por parte de consumidores que consideran que las entidades bancarias no ofrecieron la información adecuada sobre este índice. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea había previamente indicado que una cláusula podría considerarse abusiva si se determinaba que no había habido suficiente transparencia en su comercialización.
A pesar de que los magistrados han optado por no declarar nulas de forma general las cláusulas relacionadas con el IRPH, el fallo les otorga a los juzgados pautas sobre cómo deben realizar este análisis. Las implicaciones de este fallo podrían ser significativas, y se estima que podría surgir un número significativo de reclamaciones en los próximos meses a medida que los afectados reanuden sus casos en los juzgados.
La trascendencia de esta resolución radica en que el IRPH, utilizado para calcular las cuotas de aproximadamente un millón de hipotecas en España, ha sido objeto de controversia. Esta situación ha llevado a una serie de reclamaciones judiciales por parte de consumidores que consideran que las entidades bancarias no ofrecieron la información adecuada sobre este índice. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea había previamente indicado que una cláusula podría considerarse abusiva si se determinaba que no había habido suficiente transparencia en su comercialización.
A pesar de que los magistrados han optado por no declarar nulas de forma general las cláusulas relacionadas con el IRPH, el fallo les otorga a los juzgados pautas sobre cómo deben realizar este análisis. Las implicaciones de este fallo podrían ser significativas, y se estima que podría surgir un número significativo de reclamaciones en los próximos meses a medida que los afectados reanuden sus casos en los juzgados.