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El Tribunal Constitucional anula el voto delegado de Puigdemont y Puig, reitera jurisprudencia sobre la presencia física en el Parlament

PP y Vox insistieron en la impugnación de los votos por la falta de legitimidad de estos diputados en la actual legislatura.

Publicado: 19 de junio de 2025, 07:11

El Tribunal Constitucional (TC) de España ha emitido una nueva sentencia que anula el acuerdo de la Mesa de Edad del Parlament de Cataluña que había permitido el voto delegado de los diputados Carles Puigdemont y Lluís Puig, quienes se encuentran en el exilio y enfrentan órdenes de búsqueda y captura debido a la judicialización del proceso independentista catalán.

La sentencia subraya que el derecho de voto debe ser 'personal y presencial', concluyendo que no existía causa justificada para permitir a ambos diputados delegar su voto. Esta decisión, aunque no afectó directamente la conformación de la nueva mesa legislativa, representa un hito en las tensiones políticas entre el gobierno catalán y el Estado español, evidenciando la oposición de partidos como Vox y PP a la legitimidad de la representación política de los exiliados.

La controversia alrededor de los derechos de los exiliados para participar en procesos políticos sigue siendo un tema candente en la sociedad catalana, en medio de un contexto de debates sobre las normas de delegación de voto que el Parlament ha intentado flexibilizar. La decisión del TC añade un obstáculo a estas innovaciones y plantea interrogantes sobre la percepción de la representación política en la cámara catalana.