Progresista 100%Conservador 0%
El Supremo requiere al Gobierno español acoger a menores no acompañados solicitantes de asilo en un plazo de 30 días
La decisión del Tribunal confirma una medida cautelar solicitada por la Comunidad de Madrid sobre la protección de menores migrantes.
Publicado: 19 de diciembre de 2025, 00:04
El Tribunal Supremo ha ordenado al Gobierno de España que asuma la responsabilidad de acoger a los menores extranjeros no acompañados que han solicitado protección internacional y que actualmente están bajo la tutela de los servicios de la Comunidad de Madrid. En una reciente decisión de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, el alto tribunal dio un plazo 'improrrogable' de 30 días para que el Ejecutivo central garantice el acceso y la permanencia de estos menores en el Sistema Nacional de Acogida de Protección Internacional.
Esta medida cautelar fue solicitada por el Gobierno regional, quien había interpuesto un recurso tras la desestimación de un requerimiento anterior para que el Estado se hiciera cargo de estos menores. El Tribunal destacó el deber del Estado de actuar en el 'superior interés del menor' y que la protección no debe depender del número, subrayando que todos tienen derecho a ser atendidos adecuadamente. Además, advierte que la falta de medidas no puede justificarse, ordenando al Gobierno presentar un informe al Tribunal al finalizar el plazo de 30 días.
La resolución del Supremo sigue el proceso de intervención del Tribunal en casos similares en otras comunidades, enfatizando la colaboración entre la Comunidad de Madrid y el Gobierno central para asegurar que estos menores, que han expresado su intención de solicitar asilo, tengan acceso a los recursos y programas diseñados para su acogida.
Esta medida cautelar fue solicitada por el Gobierno regional, quien había interpuesto un recurso tras la desestimación de un requerimiento anterior para que el Estado se hiciera cargo de estos menores. El Tribunal destacó el deber del Estado de actuar en el 'superior interés del menor' y que la protección no debe depender del número, subrayando que todos tienen derecho a ser atendidos adecuadamente. Además, advierte que la falta de medidas no puede justificarse, ordenando al Gobierno presentar un informe al Tribunal al finalizar el plazo de 30 días.
La resolución del Supremo sigue el proceso de intervención del Tribunal en casos similares en otras comunidades, enfatizando la colaboración entre la Comunidad de Madrid y el Gobierno central para asegurar que estos menores, que han expresado su intención de solicitar asilo, tengan acceso a los recursos y programas diseñados para su acogida.