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Condenan a tres años de cárcel a un agente de movilidad de Madrid por mutar a un amigo de su exnovia por celos
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ratifica la sentencia que atribuye al acusado la falsificación de un parte de multa sin fundamento.
Publicado: 29 de julio de 2025, 19:38
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha confirmado la condena de tres años de cárcel impuesta a un agente de movilidad de Madrid, R.G.G., por falsificar un parte de denuncia para multar a un conductor que, al parecer, era amigo de su expareja. La sentencia incluye también una inhabilitación de dos años para ejercer como agente y una multa económica de 1.080 euros.
El caso se remonta al 27 de noviembre de 2021, cuando el condenado estaba realizando sus funciones en la plaza de la Independencia de Madrid y, motivado por celos, proporcionó información errónea sobre un infractor que no estaba presente, lo que llevó a que el conductor afectado recibiera múltiples multas injustamente. Durante el juicio, el testimonio del agente fue considerado poco creíble frente a la evidencia presentada por la víctima y otros testigos.
El TSJM desestimó el recurso del condenado, afirmando que había suficiente prueba material para corroborar el veredicto de la Audiencia Provincial y que no hubo vulneración de la presunción de inocencia. Este caso ha suscitado un debate sobre la ética profesional de los agentes de movilidad y la importancia de la justicia en la regulación de sus acciones.
El caso se remonta al 27 de noviembre de 2021, cuando el condenado estaba realizando sus funciones en la plaza de la Independencia de Madrid y, motivado por celos, proporcionó información errónea sobre un infractor que no estaba presente, lo que llevó a que el conductor afectado recibiera múltiples multas injustamente. Durante el juicio, el testimonio del agente fue considerado poco creíble frente a la evidencia presentada por la víctima y otros testigos.
El TSJM desestimó el recurso del condenado, afirmando que había suficiente prueba material para corroborar el veredicto de la Audiencia Provincial y que no hubo vulneración de la presunción de inocencia. Este caso ha suscitado un debate sobre la ética profesional de los agentes de movilidad y la importancia de la justicia en la regulación de sus acciones.